Este Proyecto está redactado en Mayo de 2005 antes de la polémica asignatura “Educación para la ciudadanía”. Pero me parece que, a la vista de los acontecimientos, no ha hecho más que revalidarse en su vigencia.
1. Motivaciones y planteamiento
La prolongada polémica de “la clase de Religión”, ahora reverdecida con la LOE y que ha atravesado todas y cada una de las legislaturas de nuestra democracia, pone de relieve las contradicciones y aporías no resueltas de nuestra particular situación socio-política. Es un claro exponente, “ejemplar” por representativo, de la relación de fuerzas y mentalidades que divide a la sociedad española y que la empantana en la repetición, el empecinamiento y, finalmente, la detiene en unos callejones sin salida. De ahí, la imposibilidad de llegar al ansiado “pacto de Estado” en esta materia.
Si alcanzáramos a hacer luz en este punto crucial, se iluminarían colateralmente otros muchos. Por eso, hablo de “ejemplar”, ahora en el sentido de “modélico” y deseable, pues supondría un claro avance en la concepción de la educación en nuestro país y de su papel de cara al futuro. Con este ánimo nace esta humilde contribución.
La solución a esta vieja polémica jamás vendrá por la vía puramente política y coyuntural, como fruto de las estrategias, los juegos de fuerzas y los “parcheos” instrumentales. Hemos de partir de un modelo de educación, que tenga las siguientes características:
- Que responda, por un lado, a nuestras tradiciones comunes y constitutivas del cuerpo social, en atención a su historia y a sus experiencias colectivas más saludables; y, por otro lado, a las demandas e innovaciones que están presentes en el ánimo actual de nuestra sociedad.
- Que, además de una preparación técnica y eficacista de los alumnos, busque una formación integral, en la que prime la transmisión de principios y valores, para una integración positiva e ilusionada en la vida social.
- Que se fundamente en un cuerpo de principios y valores, éticos y cívicos, que exprese claramente la mentalidad y los deseos de los españoles actuales, en sus constantes más arraigadas y dominantes, por encima de sus formulaciones o matices expresivos. Como referentes concretos se han de tener especialmente en cuenta:
o Los valores democráticos que inspiran nuestra actual Constitución y sus consecuencias prácticas.
o La Declaración Universal de los Derechos humanos, tal y como es aceptada, interpretada y puesta en práctica en los países de nuestra común tradición europea y occidental.
Las diversas enseñanzas filosóficas y religiosas, desde su propia originalidad, han de poder articularse con el “corpus” anteriormente descrito, para ser impartidas con la misma finalidad y dirección: la formación integral de la persona y del ciudadano en la España de hoy.
Es evidente que las tradiciones filosóficas, éticas y religiosas tienen sus propias particularidades, e incluso presentan contradicciones entre sí. No se trata de podarlas o reducirlas a su común denominador. Sin embargo, su inserción en el ámbito docente tendría que atender a las siguientes pautas pedagógicas:
- No ocultar las diferencias; más aún respetarlas y favorecerlas, pues son en sí mismas educativas y no necesariamente hostiles o disgregadoras. Por lo tanto, enseñar desde la propia identidad y coherencia. Pero, al mismo tiempo, buscar positiva y principalmente la convergencia con el “corpus” común, orillando las polémicas estériles, las cuestiones-límite y demasiado coyunturales u opinables. En la Educación Secundaria se ha de formar en lo esencial, con unidad interna y madurez progresivas, para que, llegado el momento, el individuo pueda decidir libremente por sí mismo y orientarse en las cuestiones más debatidas.
- La docencia de las religiones no ha de ser puramente “informativa” (datos, historia, contenidos noéticos neutros…) sino “formativa” (fundamentar convicciones, articular y relacionar conocimientos razonada y sistemáticamente…) y también “crítica” (dar criterios, capacidad de discernimiento, alertar sobre las perversiones y corruptelas que acechan a la propia tradición…). En todo caso, tiene que ser “docencia”; es decir transmisión de conocimientos con competencia profesional y con estilo académico, que encaje dentro del ámbito escolar.
- La elección de la forma concreta de dichas tradiciones (confesionales o no…) es responsabilidad e iniciativa irrenunciable de los padres. Pero éstos han de saber que su responsabilidad no es única ni absoluta sino que tiene que articularse con la responsabilidad e iniciativa social y estatal, que cubre otras áreas educativas y responde a otras motivaciones. Familia y Colegio han de ser complementarios en aras de una educación de calidad, sin obstrucciones ni fundamentalismos.
- El entronque con el “corpus” común ha de ser orgánico (respondiendo a un mismo modelo de educación básica y a unas mismas finalidades), social (en atención al bien común y no para cumplir con las pretensiones de unas entidades particulares o unas corrientes ideológicas, por muy mayoritarias que éstas sean) y creativo (para dar una respuesta audaz a las realidades presentes, con capacidad de adelantarse y modelar el futuro de nuestra sociedad). Un sistema educativo que vaya dando tumbos por detrás de los problemas que se presentan o de los hechos consumados es en sí mismo deficiente.
2. Desarrollo del Proyecto
El área “Fundamentos” (denominación provisional y puramente indicativa) comprendería, por lo tanto, dos sub-áreas o secciones, relacionadas y coordinadas entre sí.
Fundamentos sociales
Es necesario y hasta urgente, en la actual situación de pluralismo social, que todos los alumnos de nuestros país (no entro aquí en la diferenciación territorial) puedan recibir conjuntamente los principios, los valores y las pautas comunes para una recta comprensión de nuestra sociedad y una buena inserción en la misma. Este “corpus” ha de ser vinculante pedagógica y académicamente para los alumnos de todas las etnias, credos, culturas y pertenencias familiares.
Precisamente por eso, este “corpus” fundamental básico tiene que ser pensado y diseñado con el máximo consenso posible por la mayoría de las instancias concernidas. A modo de ejemplo, me permito señalar:
- Partidos políticos, representantes del pueblo soberano.
- Consejos u órganos consultivos del Estado. Consejos de sabios y de expertos. Comités de ética.
- Academias y Colegios profesionales
- Asociaciones y Sindicatos de enseñantes, familias y padres de alumnos
La sección de Fundamentos sociales se impartiría por un profesorado especializado, con titulación y formación acorde con la orientación de dicha disciplina. En el caso de la enseñanza pública, habrían de ser profesores de plantilla del centro, con un estatuto profesional similar al del resto del profesorado.
La asignatura sería evaluable en las condiciones que se señalan más adelante.
B. Fundamentos religiosos
Entramos aquí en el terreno tan intrincado y controvertido de la “enseñanza religiosa”. Para su recta comprensión y desarrollo ha de tenerse en cuenta la globalidad de este Proyecto. Por lo tanto, se habrían de observar las orientaciones siguientes:
- La enseñanza de la religión ha de tener en cuenta la sección de Fundamentos sociales, para coordinar con ella sus contenidos, delimitar las zonas fronterizas y aportar la ciencia religiosa con un ánimo positivo y colaborador, sin excluir la parte de crítica que sea conveniente. Es decir, la “clase de religión”, sin mermar su propia originalidad, ha de evitar ser concebida como un compartimento estanco, absolutamente tangencial y periférico respecto a las demás enseñanzas académicas.
- Ha de tener y mantener en todo momento un rigor académico. Aunque parta de unas convicciones espirituales, no ha de adoptar la forma propia de la “catequesis” o del mero testimonio de vida, que remiten a otros ámbitos y metodologías. No es tampoco un “taller” o una “actividad extraescolar”. Por lo tanto, ha de ser curricular y evaluable.
Dada su especial idiosincrasia, la sección de Fundamentos religiosos ha de responder a estas características prácticas:
- Para respetar la libre opción de los padres, el centro ha de ofrecer las enseñanzas de las distintas confesiones religiosas, que correspondan a las demandas razonables del alumnado.
- La Administración del Estado ha de poder controlar estas enseñanzas confesionales con una finalidad cautelar:
§ Que corresponda a confesiones religiosas inscritas legalmente en el registro del Ministerio de Justicia, excluyendo aquellas de carácter dudoso o sectario.
§ Que los programas y contenidos no estén en contradicción con los principios y valores fundamentales que inspiran nuestra sociedad.
§ Que los profesores que las impartan tengan la titulación académica y pedagógica requerida y lo hagan en conformidad con la normativa básica de los centros.
- Los responsables o “jerarquía” de cada confesión religiosa tendrán una potestad positiva, que se concretará:
§ En formar, seleccionar y proponer al profesorado competente, no sólo en función de su idoneidad académica sino en función de su aptitud para presentar adecuadamente la enseñanza religiosa en conformidad con el “credo” de cada tradición. Esto se concreta lógicamente no sólo en un derecho de presentación sino también de veto.
§ En elaborar los programas y contenidos de sus materias, teniendo en cuenta las orientaciones generales pedagógicas de la Ley de Educación vigente.
- Ambas responsabilidades institucionales (Administración y Confesión religiosa) han de ejercerse conjuntamente regulando en forma de convenios los asuntos mixtos. Uno de ellos, de particular importancia, es el del estatuto particular de los profesores que impartan estas enseñanzas (su perfil profesional, contractual y laboral; su dotación económica…).
- Allí donde sea necesario, en función de la demanda del alumnado, los centros han de ofrecer junto a las enseñanzas confesionales una asignatura de Fundamentos religiosos de carácter no confesional. Para ser coherente con el conjunto del área, tendría que tener estas características:
§ Una presentación y estudio serio y objetivo del hecho religioso (no por ser no-confesional, ha de ser anti-religiosa) en sus distintas facetas:
· Como configurador de civilización y de cultura.
· Como generador de valores y comportamientos humanos.
· Como instancia crítica (con sus pros y contras) para el desarrollo de la humanidad.
· Como respuesta a necesidades profundas del ser humano.
§ Impartida por profesores de plantilla, con rigor y competencia profesional y un espíritu formativo, no menos intenso por el hecho de no ser confesional.
C. En síntesis
Este Proyecto apuesta claramente por un área mixta donde el civismo y las creencias aprendan a convivir y apoyarse mutuamente, para bien del alumnado y de la sociedad que todos formamos. Un área académica, por lo tanto evaluable en sus diversas secciones y conjuntamente. Una escuela de convivencia, donde se adquieran tanto los principios esenciales del tronco común como el conocimiento y el respeto a las legítimas diferencias.
Lógicamente, no entro aquí en los detalles técnicos respecto a su desarrollo curricular, su dosificación y calendario… que sería competencia de la comunidad educativa.
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